Se recuerda a los profesionales agremiados que, teniendo las cuotas societarias al día y teniendo minino 1 año de Agremiado podrán solicitar los subsidios vigentes.
- El presente régimen se instituye con carácter obligatorio para todos los médicos afiliados a la Agremiación Médica Platense (activos)
- Valor del mismo: en base a 17 (diecisiete) bonos B de IOMA (valor actualizado al 01/01/2024).
- Se otorgará a los afiliados que adopten en legal forma a un menor de edad, cualquiera sea el tipo de adopción que se obtenga. Los beneficiarios deberán solicitar el subsidio, dentro de los sesenta (60) días de dictada la sentencia de adopción.
- El subsidio por adopción se abonará dentro del plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha de su presentación. A los fines de su percepción el beneficiario deberá presentar la constancia de inscripción de la sentencia de adopción.
Nota: El trámite se realiza a través de Secretaría Administrativa de la AMP exclusivamente por vía mail: secretaria.administrativa@amepla.org.ar