Se recuerda a todas y todos los profesionales especialistas en OFTALMOLOGÍA, que toda aquella práctica que no se encuentre nomenclada y convenida, para la facturación se utilizará la modalidad de trámite de excepción autorizado.
Para tal fin, existe en nuestra página web el modelo a utilizar. Para descargar el FORMULARIO DE TRÁMITE DE EXCEPCIÓN, hacer click aquí
Por lo expuesto, entendemos que la Facoemulsificación con implante de lente intraocular monofocal (monovisión), multifocal o acomodativa (Práctica No Nomenclada), se encuentra dentro de las prácticas que corresponderían facturarse por esta modalidad. Por lo tanto, a partir del 01/07/2023 para aquellas obras sociales que no tienen acordada la prestación de referencia, será la única modalidad de facturación.
"Comprometida con la promoción y protección de la salud y con la defensa del Trabajo Médico"