En el marco del plenario abierto, que se llevó a cabo el miércoles 17 de agosto de 2022 en el INSAP, y del cual participaron médicos y médicas agremiadas, representantes del Consejo Directivo de AMP, de Sociedades Científicas y de Asociaciones de Profesionales, las autoridades de la Agremiación Médica Platense (AMP) expusieron un balance de lo tratado actualmente con el IOMA y con las Obras Sociales Varias.
En relación con las O.S.V. se informó la normalización de las altas y los cambios de categoría por parte de OSDE.
Se comunicó que se está trabajando en la elaboración y puesta en marcha de los nomencladores de prácticas de distintas especialidades en diversas obras sociales. Las especialidades que ya cuentan con nomencladores incorporados (y la cantidad de financiadores que han aceptado los mismos) son: ORTOPEDIA Y TRAUMATOLOGÍA (49), OTORRINOLARINGOLOGÍA (14), GINECOLOGÍA Y OBSTETRICIA (13), UROLOGÍA (14) y CIRUGÍA (12). Cabe destacar que el nomenclador de ORTOPEDIA Y TRAUMATOLOGIA ya se encuentra en funcionamiento desde hace algunos años en varias obras sociales.
Se remarcó la importancia de que las sociedades científicas y especialidades presenten y definan su nomenclador para presentar a los financiadores. El avance en la implementación de los nuevos nomencladores busca la equidad, erradicar los engorrosos trámites de excepción por parte de pacientes y profesionales, ajustados a la realidad y necesidades actuales de la actividad médica.
Respecto del IOMA, se expusieron las solicitudes formales enviadas para reabrir las negociaciones con el Instituto ante la necesidad de actualizar los honorarios, acorde a la proyección del índice inflacionario para el 2022, sobre el 60% ya obtenido.
En segundo lugar, se recalcó el logro tras permanentes y arduas negociaciones, de dar cumplimiento a las altas, re-categorizaciones, como así también la habilitación de códigos para practicas especializadas (cerca de 1500), dando continuidad a las acciones tendientes a garantizar y defender de manera irrestricta el trabajo y honorario médico. De este modo se regulariza la situación de más de 500 médicos.
Asimismo, se dialogó sobre el incentivo del 30% de incremento en las consultas propuesto por el Instituto para aquellos médicos o médicas que utilicen las herramientas digitales como TOKEN DE CONSULTA, la RECETA DIGITAL y la AUTORIZACIÓN INTELIGENTE ONLINE. Esta última aún no se encuentra operativa en su totalidad. El incentivo ya se encuentra en funcionamiento en la mayoría de los círculos y federaciones de la provincia de Buenos Aires.
TOKEN CONSULTA IOMA: EL TOKEN de consulta IOMA es una clave aleatoria que valida en tiempo real la consulta, por lo que no requiere firma en la planilla de conformidad por parte del paciente y debe ser aportado por éste al momento de realizar la consulta. Estas consultas no serán pasibles de débito por parte del Instituto. Hasta tanto se efectivice su implementación como única validación de consulta, ambos sistemas (firma de planilla de conformidad y token) coexistirán.
RECETA DIGITAL: para poder realizar la receta digital cada profesional podrá ingresar a la misma a través del menú de carga de consultas y prácticas cuando se encuentre habilitado ese botón. Al día de la fecha convive con el recetario papel.
En las próximas semanas se llevarán a cabo capacitaciones por parte de la AMP respecto a la utilización de estas herramientas.
Otro de los puntos tratados fue la decisión tomada por parte de la obra social de la Provincia de Buenos Aires de absorber, a partir del 1 de septiembre de 2022, el importe del copago de las consultas de los afiliados que se atiendan con profesionales médicos y médicas que revisten en la categoría B. Frente a esta decisión del IOMA, la AMP evaluó generar las medidas administrativas y contables para absorber las retenciones de ley (Caja de Médicos de la Pcia. Bs As. e IIBB), con el objetivo de no generar impacto en la percepción monetaria final del copago para cada profesional.
En este contexto, se aclara que tanto el 30% de incentivo por el uso de las herramientas digitales como la absorción del copago por parte del IOMA para las categorías B, no serán pasibles de la retención del 6% por parte de la Agremiación.
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