Se recuerda a todos los agremiados que aquellos profesionales médicos que facturen honorarios (de obras sociales o prepagas que tengan convenio vigente con la Agremiación Médica Platense) a través de otras entidades que no sea nuestra institución, serán DESAGREMIADOS conforme lo establecido en el Estatuto de AMP.
Lo mencionado es en virtud de lo establecido en el Punto 3 de las Normas de la Agremiación suscriptas por todos los colegas, que a los efectos ilustrativos se reproducen "El médico se compromete a no prestar atención mediante ninguna otra vía (entidad intermedia, clínicas, sanatorios u hospitales, o bien en forma directa"; y en concordancia con el Punto 7 de dichas normas que expresan "Limitación de la representación exclusiva de la AMP para toda gestión de facturación y cobro de honorarios ante las OS, mutuales y entidades similares."
"Comprometida con la promoción y protección de la salud y con la defensa del Trabajo Médico"